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El gobierno busca favorecer a consumidores vulnerables a través de su bono social de electricidad
El gobierno busca favorecer a consumidores vulnerables a través de su bono social de electricidad

Dentro de las prestaciones que incluye el Bono Social de medidas sociales en defensa del empleo, se ha creado una nueva categoría de consumidor vulnerable vinculada al gasto en consumo eléctrico, con derecho a percibir las ayudas que se incluyen dentro este apartado.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha indicado que, para que un consumidor de energía eléctrica pueda ser considerado como consumidor vulnerable, debe acreditar que el titular del punto de suministro, o alguno de los miembros de su unidad familiar, se encuentra en situación de desempleo, está siendo afectado por un ERTE y, en caso de ser empresario, haya visto reducida su jornada por motivos de cuidados o similares, suponiendo esto, una pérdida sustancial de ingresos.

Además, el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar correspondientes al mes anterior a la presentación de la solicitud del bono social completa debe ser inferior a:

  • 1,5 veces la doceava parte del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples de 14 pagas, en el caso de que no forme parte de una unidad familiar o no haya ningún menor en la unidad familiar;
  • 2 veces la doceava parte del índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya un menor en la unidad familiar;
  • 2,5 veces la doceava parte del índice IPREM de 14 pagas, en el caso de que haya dos menores en la unidad familiar.

Estos multiplicadores de renta respecto al índice IPREM de 14 pagas, se incrementarán en 0,5 siempre que se de alguna de las siguientes circunstancias especiales: Que el consumidor o alguno de los miembros de la unidad familiar tenga discapacidad reconocida igual o superior al 33%, acredite la situación de violencia de género, conforme a lo establecido en la legislación vigente, tenga la condición de víctima de terrorismo, se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III o que la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor.

La posibilidad de seguir recibiendo la prestación que corresponda, así como la consideración de “consumidor vulnerable” se extinguirá en cuando la persona deje de encontrarse en las circunstancias que había declarado inicialmente, estando éste obligado a comunicarlo a su comercializador de referencia en el plazo de un mes. En cualquier caso, la nueva condición de consumidor vulnerable y, por tanto, el derecho a percibir el bono social, se extinguirá con fecha 30 de junio de 2021.

Cómo acreditar que se es consumidor vulnerable

Para confirmar dicha condición y solicitar la percepción del bono social, el consumidor debe remitir a su comercializador de referencia a través de la dirección de correo electrónico que aparezca en su página web, el modelo de solicitud y declaración responsable disponible en esta página web.

Asimismo, debe adjuntar la siguiente documentación: Certificado expedido por la entidad gestora de las prestaciones en caso de situación legal de desempleo, certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o del órgano competente de la Comunidad Autónoma, en caso de cese de actividad de los trabajadores por cuenta propia. Otro de los documentos a presentar es una declaración responsable del solicitante relativa al cumplimiento de los requisitos económicos.

También, copia del NIF o NIE del titular del punto de suministro y, en caso de que forme parte de una unidad familiar, copia del NIF o NIE de cada uno de los miembros para los que dicho documento sea obligatorio. Certificado de empadronamiento en vigor, individual o conjunto, del titular del punto de suministro o de todos los miembros de la unidad familiar y libro de familia en el caso de que exista una unidad familiar.

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